Productos plásticos que quedan prohibidos en Colombia
Colombia inicia un nuevo proceso de hábitos en nuestra sociedad con la entrada en vigor de la Ley 2232 de 2022, que busca eliminar 21 productos plásticos de un solo. Como primera medida se prohíbe el uso de ocho de estos productos. Esta ley quiere fomentar el uso de materiales biodegradables y reutilizables. La ministra de Ambiente, Susana Muhamad indicó que “la resolución incita a los consumidores a cambiar la alternativa del uso. Hay un poder muy importante de los ciudadanos y las ciudadanas de dejar de utilizar estos elementos y empezar a pensar en un reemplazo”.
Mucha atención porque desde este domingo, ocho tipos de productos plásticos de un solo uso serán retirados del mercado. Entre estos productos se encuentran:
Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial. Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas. Bolsas utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada. Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos. Mezcladores de plástico. Pitillos para bebidas. Soportes plásticos de copos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón. Soportes plásticos para las bombas de inflar.
La resolución aplica a nivel nacional, afectando a productores de envases y empaques, fabricantes, importadores, así como a entidades públicas y privadas. Se enfatiza la participación de recicladores en la cadena productiva y en la certificación de cantidades recolectadas.
A partir del 7 de julio, las entidades públicas no podrán adquirir plásticos de un solo uso prohibidos, a menos que cumplan con las alternativas sostenibles. También deben implementar estrategias de reducción y presentar informes sobre el uso y reciclaje de bolsas plásticas.
Las fechas límite para los planes de gestión ambiental de residuos de envases y empaques son el 31 de diciembre de 2024, con la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales supervisando las alternativas sostenibles y la economía circular.

Excepciones
Plásticos de un solo uso con fines médicos por razones de asepsia e higiene, contenedores de productos químicos que representen un riesgo para la salud o el medio ambiente, envases para conservar alimentos, líquidos y bebidas de origen animal, así como productos que por razones de higiene o salud requieran bolsas o recipientes plásticos de un solo uso. De igual manera las bolsas para la basura y las utilizadas para recoger los desechos de las mascotas. En total, son una lista de 10 excepciones, que tendrán un espacio dentro del comercio, por su pertinencia en el mercado.
Multas y Sanciones
La ley también detalla las sanciones para quienes incumplan las nuevas regulaciones. Las multas pueden oscilar entre cien y cincuenta mil salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además, se contempla el decomiso de los productos plásticos prohibidos y la clausura temporal o definitiva de los establecimientos infractores. La clausura temporal no podrá exceder un mes, pero en casos graves, se podría optar por el cierre definitivo del negocio.
Foto: BC Noticias.

