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TransMilenio analiza ampliar la ventana de transbordos a 150 minutos

La Administración distrital de Bogotá evalúa la propuesta del Concejo para ampliar la ventana de tiempo en los transbordos de TransMilenio de 125 a 150 minutos, aclarando que cualquier modificación requiere sustento técnico y financiero.

El debate sobre la movilidad en Bogotá suma un nuevo capítulo tras la aprobación en el Concejo Distrital de una propuesta impulsada por el concejal Rubén Torrado, la cual busca extender el tiempo límite para realizar transbordos en el sistema integrado de transporte público de 125 a 150 minutos. Frente a este avance normativo, la Administración distrital manifestó que no se opone a la medida, aunque enfatizó que su implementación efectiva no puede decretarse únicamente mediante un Proyecto de Acuerdo, sino que debe estar respaldada por evaluaciones técnicas, sociales, jurídicas y económicas que garanticen la estabilidad de la ciudad.

Esta discusión se da en el marco de una serie de decisiones adoptadas por la Alcaldía Mayor, liderada por Carlos Fernando Galán, para aliviar el bolsillo de los ciudadanos. Durante 2024, el Distrito congeló la tarifa del pasaje de TransMilenio. Posteriormente, en 2025, se logró ampliar la ventana de tiempo para hacer transbordos de 110 a 125 minutos (2 horas y 5 minutos), beneficio que permanece vigente y opera diariamente en las rutas urbanas y zonales.

 
Evaluación responsable y marco normativo

Desde la gerencia general de TransMilenio, encabezada por Pedro Mauricio Gutiérrez, se valoró el interés de la corporación por mejorar las condiciones de viaje, pero se ratificó la necesidad de actuar con prudencia presupuestal. El funcionario señaló que la entidad revisará la propuesta de manera responsable y bajo la normativa actual, con el fin de asegurar que cualquier cambio beneficie a los pasajeros sin poner en riesgo el equilibrio operativo ni la sostenibilidad financiera del sistema.

La facultad del Alcalde y la vigencia actual

Por el momento, la regulación no presenta cambios inmediatos y la ventana de transbordo se mantiene en 125 minutos. La postura del Distrito no objeta el espíritu de la iniciativa aprobada en el Concejo, pero centra su observación en la fijación directa de un tiempo determinado sin los insumos técnicos previos que exige la ley, dado que la competencia final para decretar este tipo de ajustes tarifarios y operativos recae exclusivamente en el Alcalde Mayor de Bogotá.

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